La Comision Europea se pronuncia sobre la tasa Google española gracias a pregunta de UPyD

20 Dic La Comision Europea se pronuncia sobre la tasa Google española gracias a pregunta de UPyD

La eurodiputada de UPyD, Beatriz Becerra, preguntó en septiembre de 2014 a la Comisión Europea qué medidas tomaría contra el Gobierno de España por las “modificaciones significativas” al Anteproyecto de modificación de la Ley de Propiedad Intelectual, especialmente aquellas relativas al artículo 32.2, que incluye lo que se ha venido a denominar “tasa Google”.

Dicho artículo hace referencia al pago de una tasa que las empresas con servicios de búsquedas online deberían abonar en concepto de derechos (y a modo de compensación a los editores) en caso de reproducir en los resultados de búsqueda “fragmentos no necesariamente significativos” de determinados contenidos.

La Comisión ha respondido a Becerra que considera que la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) respeta la normativa comunitaria. La comisaria europea de Mercado Interior, Elzbieta Bienkowska, ha afirmado que la norma española se ajusta al derecho comunitario. «Si bien los Estados miembros no están obligados a introducir una compensación justa, pueden decidir hacerlo”, precisa la comisaria polaca.

Beatriz Becerra

Beatriz Becerra

En su pregunta, Becerra también quiso saber si la Comisión Europea consideraba que el artículo 32.2 atenta contra la libertad de prensa teniendo en cuenta los informes de la CNC y del Derecho de la competencia europeo. Bienkowska, en nombre de la Comisión, contestó que “los estados miembros disponen de un margen de apreciación a la hora de diseñar el marco legislativo para la remuneración adecuada de los titulares de derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, este marco debe ajustarse al Derecho de la Unión, lo que incluye las normas en materia de competencia”. Y añade explícitamente en relación a la reforma de ley: “La Comisión también considera que el objeto del artículo 32, apartado 2, es introducir una nueva excepción o limitación al derecho de puesta a disposición del público en beneficio de los agregadores de noticias, quienes, por consiguiente, pagarían a los editores de prensa una compensación justa por determinados usos de los recortes de prensa. A este respecto, el artículo 5 de la Directiva 2001/29/CE permite a los Estados miembros introducir una excepción facultativa a los derechos de autor, entre otras cosas, para citas y reproducciones por parte de la Prensa, siempre que se cite la fuente”.

Para Becerra, «el aval que en esta respuesta da la Comisión al ajuste de la LPI española a la normativa europea resulta poco comprometido en un momento clave para el futuro digital europeo. Está cogido con pinzas, desde la apelación al margen que tienen los estados para establecer compensaciones a los titulares de derechos de propiedad intelectual.»

«El hecho de que esta respuesta tan despegada llegue tras el cierre del servicio de noticias de Google en España el pasado 16 de diciembre, con las consecuencias que todos conocemos, es muy significativo», añade la eurodiputada.

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